Preguntas Frecuentes

NACIONALIZACION DE VEHICULOS

1.- Que vehículos se pueden nacionalizar?

Todos aquellos vehículos usados cuyo año-modelo comprendan del 2003 hasta 1982, siempre que su Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble en México, Estados Unidos o Canadá. (Primer número de la serie del vehículo debe empezar con número del 1 al 5), además de estos requisitos no debe tener un peso bruto vehicular mayor a 5000Kg o 11000Lb.

2.- Como puedo importar mi vehículo si este es 1981 o anterior?

Todos los Vehículos cuyo número de serie o año-modelo tenga una antigüedad igual o mayor a 30 años anteriores al vigente, y siempre que tengan un peso bruto vehicular inferior o igual a 8,864 kilogramos se podrán importar como vehículos clásicos.

3.- Que es una importación con Amparo y que ventajas me trae como importador?

Las importaciones “Amparadas” se hacen mediante una comercializadora que utilizo el recurso legal del amparo en contra de las disposiciones arancelarias publicadas en el Diario Oficial De La Federación del día 24 de Dic. Del 2008. Las ventajas que este recurso nos trae como importador de un vehículo es que se elimina con base en el TLCAN el pago del Impuesto General A La Importación y además permite conservar los precios estimados de los vehículos a su valor original en la factura del proveedor.

4.- Qué diferencia hay entre un trámite Fronterizo y un Nacionalizado?

Los autos que se importen para su uso exclusivo en la Región Fronteriza solo podrán ser internados al resto del país por un plazo de 6 meses en un periodo de 12 meses, este trámite solo se podrá realizar cuando el importador sea residente de la “Región Fronteriza”. Los tramites “Nacionalizados” son para su importación definitiva este trámite es necesario para que un vehículo permanezca en el país por tiempo ilimitado.

5.- Que documentos se requieren para hacer una importación de un vehículo?

Se requiere del título de propiedad del vehículo, una fotografía del número de serie del vehículo, una identificación oficial del importador además del el pago de los impuestos y honorarios.

6.- En qué circunstancias mi vehículo seria inadecuado para su importación definitiva?

Para los efectos de la importación de vehículos usados, se deberá considerar que un vehículo se encuentra restringido, cuando en el título de propiedad se asiente cualquier leyenda en donde se prohíba su circulación en carreteras del país donde proceda. EJEMPLO: “Total loss” o “Non rebuildable”. Para una lista completa de las condiciones en las que un vehículo es inapto para su importación de un click en el siguiente enlace:
http://aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/vehiculos/141_15066.html

7.- Mi vehículo está equipado con un motor a diesel, lo puedo importar?

En este momento no es posible importar vehículos diesel con peso bruto vehicular mayor a 3,857 Kg, esto con motivo de garantizar la protección al medio ambiente y la reducción de emisiones de contaminantes a la atmósfera.

8.- Cual es el peso bruto vehicular máximo permitido para la importación definitiva de vehículos?

Solo se podrán importar de manera definitiva al interior de país los vehículos cuyo peso bruto sea igual o inferior a las 5 toneladas. (5000Kg o 11000Lb)

9.- Dentro de Estados Unidos, cuales son los requisitos que tengo que cumplir antes de importar de manera definitiva un vehículo a México?

Antes de exportar un vehículo de Estados Unidos a México se debe notificar a la aduana americana (US Customs) mediante un procedimiento que se llama “72-Hrs Compliance”. El primer paso de este procedimiento es presentar el título original, fotocopia del título con frente y reverso, y en la misma hoja, de una identificación (IFE, Pasaporte o Lic. De Manejo), estos documentos se presentan en el puerto de salida, que en el caso de Laredo Texas, es el Puente Del Comercio Mundial (Pte. 3), después de transcurrido un lapso de 72 horas, y ya que su pedimento de importación esté listo, se presenta en el mismo puerto el vehículo y los documentos que fueron sellados en la primera visita con los US Customs. Una vez sellado por segunda ocasión su título, el vehículo está listo para cruzar a México y finiquitar el trámite de importación definitiva.

10.- Una vez importado mi vehículo, que necesito para empacarlo?

Las leyes que regulan el empacamiento de carros son iguales para todos los estados, sin embargo, cada estado por políticas de sus diferentes secretarias de finanzas requieren que el solicitante presente diferentes tipos de documentos, que en su mayoría son, pero no están limitados a: Titulo De Propiedad, Pedimento De Importación y Factura, la factura solo se presentara si el vehículo se importo mediante una persona moral (eje. Comercializadora o Lote De Autos). Debe recordar que para trasladar su vehículo de la frontera a su estado de residencia es necesario pedir un “Permiso De Traslado” en la secretaría de vialidad y tránsito de la Cd. De donde inicia usted su viaje.

11.- Cuanto tiempo tarda el trámite de legalización?

La importación definitiva de un vehículo mediante el régimen del Amparo tarda al menos 72 hrs, solo los vehículos con año-modelo 2001 pueden legalizarse mediante el régimen Directo (VU), en ambos casos se debe tomar en cuenta que por disposiciones de la aduana local, solo se pueden presentar ante la aduana (Desaduanar en el Pte. 3) hasta las 3 de la tarde de Lunes A Sábado.

Importación de Menajes De Casa.

1.- Que es un Menaje de casa?

El menaje de casa comprende el mobiliario y utensilios de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato diario de una familia. Para poder considerar un menaje, este deberá de ser usado y adquirido con por lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que ese pretende ingresar a México. No se consideran parte del menaje las mercancías (materias primas, equipos, inventarios, etc.) necesarias para desempeñar actividades comerciales o industriales, ni los vehículos.

2.- Cual es el tiempo mínimo que debo permanecer en el extranjero para calificar para importar un Menaje?

En el caso de Estudiantes, Investigadores e Inmigrantes repatriados o deportados, el tiempo mínimo es de un año, en el caso de Emigrantes Nacionales, el tiempo mínimo es de dos años. En todo caso los artículos que se pretendan importar en un menaje deben de haber sido adquiridos por lo menos con seis meses de anterioridad a su importación.

3.- Específicamente, que artículos son los que puedo incluir dentro de mi menaje?

En seres y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia también ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas, instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante.